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Se aprobó la Ley de Presupuestos Mínimos de Cambio...

Se aprobó la Ley de Presupuestos Mínimos de Cambio Climático

Tras la aprobación de la Ley de Presupuestos Mínimos de Cambio Climático, tras la media sanción de la Cámara de Diputados, se destaca la formalización del trabajo implementado en el marco del Gabinete Nacional de Cambio Climático, que es coordinado a nivel técnico por la Secretaría de Ambiente.
La norma es de fundamental importancia para formalizar e institucionalizar la mecánica de trabajo implementada en el marco del Gabinete Nacional de Cambio Climático y de la Comisión de Cambio Climático del Consejo Federal de Medio Ambiente. En ese sentido, deja un legado institucional asegurando la permanencia en el tiempo del Gabinete Nacional de Cambio Climático y posicionando al tratamiento del cambio climático como una política de Estado.

Los puntos centrales de la norma:

• Da un respaldo más sólido a la institucionalización del Gabinete Nacional de Cambio Climático, actualmente vigente mediante el Decreto 891/2016.

• Crea el Consejo Asesor Externo del Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático, que deberá ser convocado por el Gabinete y cuyos miembros deberán ser: científicos, representantes de organizaciones ambientales, comunidades indígenas, universidades, entidades académicas y empresariales, sindicatos, centros de investigación públicos y privados, representantes de partidos políticos con representación parlamentaria.

• Establece la obligación de todos los organismos del Poder Ejecutivo Nacional de aportar la información necesaria para la aplicación de la Ley.

• Crea el Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático, para transparentar el Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero y el monitoreo de las medidas de mitigación.

• Determina que todos los datos y documentos relacionados con la aplicación de la ley deben ser información pública ambiental, de acuerdo con las leyes 25.831 y 25.675.

El Gabinete Nacional, creado mediante el Decreto 891/2016, agrupa organismos públicos nacionales involucrados en políticas climáticas, bajo la órbita de Jefatura de Gabinete de Ministros y la coordinación técnica de la Secretaría de Cambio Climático y Desarrollo Sustentable. El objetivo de este instrumento es reorientar las políticas públicas, asegurar respuestas coordinadas y generar acciones de mitigación y adaptación. Se reúne periódicamente y valida su trabajo en mesas ampliadas, convocadas por la Secretaría de Ambiente nacional, con representantes de la sociedad civil y otros sectores.
En 2016, Argentina ratificó el Acuerdo de París bajo la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. A través de dicho instrumento internacional, se asumió el compromiso de formular y actualizar regularmente programas nacionales tendientes a mitigar el cambio climático y facilitar la adaptación a sus efectos. En ese marco, ese año, se presentó una revisión de la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC), siendo Argentina el primer país en hacerlo y uno de los pocos que ha aumentado la ambición de su NDC desde la adopción del Acuerdo de París.
La meta de dicha contribución se logrará a través de la implementación de una serie de medidas focalizando en los sectores de energía, agricultura, bosques, transporte, industria y residuos. En ese sentido, esta ley busca garantizar la continuidad del trabajo realizado en estos años, dar un marco jurídico a la temática y bregar por el cumplimiento de la Contribución Determinada a Nivel Nacional.
De esta manera, el Congreso Nacional estableció los presupuestos mínimos para la gestión adecuada del cambio climático, el diseño e implementación de políticas, acciones, instrumentos y estrategias de mitigación y adaptación al cambio climático, en aras de  proveer herramientas para armar planes de cambio climático, establecer un estándar mínimo de planificación a nivel territorial y crear sistemas de información para la generación de datos y transparencia.
Contar con este marco jurídico, no sólo facilitará el cumplimiento de la NDC, sino que también fomentará relaciones interjurisdiccionales, promoverá los planes locales de respuesta, permitirá la coordinación de políticas nacionales, locales y sectoriales y potenciará acciones que contribuyan a la adaptación al cambio climático y a la reducción de gases de efecto invernadero.
Desde el punto de vista internacional, este instrumento normativo posiciona al país a la par de otros Estados de la región que ya cuentan con una ley de cambio climático como Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica y México, entre otros. Asimismo, armonizará la obligación internacional de presentar datos con la obligación interna de proveerlos.
Finalmente, permitiría reforzar el trabajo que se viene realizando desde la Secretaría de Ambiente en articulación con las carteras a nivel nacional, la sociedad civil, el sector privado y académico y las provincias y municipios para poder dar respuestas efectivas a las demandas de la sociedad, en particular, de los más jóvenes.

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