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Es ley el proyecto sobre Educación Ambiental Integ...

Es ley el proyecto sobre Educación Ambiental Integral.

Con el objetivo de promover la educación ambiental e incorporar, en cumplimiento de la legislación vigente, los nuevos paradigmas de la sostenibilidad a los ámbitos de la educación formal y no formal, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS) y el Ministerio de Educación (ME), junto con el consenso de las provincias a través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), diseñaron la Ley de Educación Ambiental.

La nueva normativa crea un organismo especial para funcionar como “principal instrumento de la política” para la enseñanza de esta materia “en todo el territorio nacional”

La Cámara de Senadores de la Nación aprobó este viernes por la madrugada, por unanimidad, el proyecto que implementa la Educación Ambiental Integral como una política pública nacional “permanente, transversal e integral” en todos los establecimientos educativos de la República Argentina.

La iniciativa, que con el voto afirmativo de los 58 legisladores presentes se convirtió en ley, pretende que los estudiantes puedan adoptar un enfoque que permita comprender la interdependencia de todos los elementos que conforman e interactúan en el ambiente; el respeto y valor de la biodiversidad; la equidad; el reconocimiento de la diversidad cultural; el cuidado del patrimonio natural y cultural; y el ejercicio del derecho a un ambiente sano.

La nueva normativa crea la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral (ENEAI) como “principal instrumento de la política” para la enseñanza de esta materia “en todo el territorio nacional”.

Sus objetivos son promover la elaboración y el desarrollo de la ENEAI y de las Estrategias Jurisdiccionales de Educación Ambiental Integral (EJEAI); elaborar y diseñar políticas nacionales y orientar políticas jurisdiccionales, estrategias y acciones de educación ambiental integral; alcanzar la más amplia cobertura territorial, social y sectorial a nivel nacional y generar consensos sociales sobre los cuales establecer acuerdos temáticos y prioridades.

Cada jurisdicción dispondrá la modalidad de implementación en la agenda educativa de al menos una jomada o espacio de mejora institucional dedicada a la educación ambiental y dará debida difusión sobre la actividad y sus participantes, así como la entrega de las correspondientes menciones por la participación.

La ley establece que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, las jurisdicciones provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) tendrán la facultad de implementar la ENEAI y las EJEAI en el ámbito de la educación no formal, Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) y medios de comunicación.

La presidenta de la Comisión de Educación del Senado, la oficialista sanjuanina María del Carmen López Valverde, dijo que “para tener el ambiente que deseamos, ese deseo tiene que ir de la mano de la educación de jóvenes y niños”, y agregó que para que ello ocurra “la escuela debe estar presente”

“Este proyecto nos habla de una política pública, reforzando el paradigma de que la participación de la ciudadanía y hacen que sea posible la sustentabilidad del ambiente”, destacó.

Valverde opinó que “este proyecto de Educación Ambiental Integral percibe un enfoque dinámico en el que se toma conciencia de la relación con el medio”.

Por su parte, la titular de la Comisión de Ambiente de la Cámara alta, la opositora bonaerense Gladys González, afirmó que “la humanidad vuelve a enfrentarse a una pandemia que pone en crisis la forma en que vivimos”

“Lo que decidimos hoy va a ser determinante para evitar futuras pandemias”, destacó. La legisladora de Juntos por el Cambio afirmó que se sabe “cuál es la estrategia correcta”, pero remarcó que “falta voluntad”.

En tanto, Antonio Rodas, del Frente para la Victoria, vicepresidente de la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable, consideró que la ley ahora sancionada constituía “una deuda que tenía la democracia” y valoró que la norma “otorga a los diversos sectores de la población herramientas e información para el uso sostenible de los recursos naturales”.

Objetivos

El ley entiende a la educación ambiental como un proceso permanente, apoyado en una serie de objetivos, principios y fundamentos básicos.

  • Abordaje interpretativo y holístico. La educación ambiental debe ser pensada desde un enfoque que permita comprender la interdependencia de todos los elementos que conforman e interactúan en el ambiente, de modo de llegar a un pensamiento crítico y resolutivo en el manejo de temáticas y de problemáticas ambientales, el uso sostenible de los bienes y servicios ambientales, la prevención de la contaminación y la gestión integral de residuos.
  • Respeto y valor de la biodiversidad. Reconocer la fragilidad que amenaza la sostenibilidad y perdurabilidad de los ecosistemas. Su importancia no es solo biológica, sino que también tiene relación estrecha con la calidad de vida que pretendemos los humanos y las comunidades en las que vivimos.
  • Principio de equidad. Propender a la igualdad, el respeto, la inclusión y la justicia, tanto entre humanos, como en sus relaciones con otros seres vivos. Esto parte de considerar las diferencias y diversidades de las personas, promoviendo la igualdad de derecho y trato jurídico, sin discriminación y fomentando la autonomía y la libertad.
  • Principio de igualdad desde el enfoque de género. Es la piedra angular de los derechos humanos que debe orientar las políticas de Estado para eliminar la discriminación en las relaciones de género y garantizar el pleno goce de derechos para varones, mujeres y otras disidencias, respetando sus diversidades.
  • Reconocimiento de la diversidad cultural, el rescate y la preservación de las culturas de los pueblos originarios. Integrar la diversidad cultural en las estrategias democráticas, al tiempo que fomentar el respeto hacia las personas que aprenden, su diversidad, costumbres, modelos de pensamiento, esquemas y patrones culturales.
  • Participación y formación ciudadana. Apuntar al desarrollo de procesos educativos integrales que orienten a la construcción de una perspectiva ambiental, en la cual los distintos conocimientos, saberes, valores y prácticas ambientales confluyan en una conciencia regional y local de las problemáticas, y permitan fomentar la participación ciudadana orientada a la acción y hacia un pensamiento global.
  • Cuidado del patrimonio natural y cultural: Incluir la valoración de la identidad cultural y el patrimonio natural y cultural en todas sus formas.
  • Problemática ambiental. Considerar el abordaje de las problemáticas ambientales, permitiendo integrar las interrelaciones de los factores económicos, políticos, culturales y sociales, además de las implicancias locales y globales que se presentan como causa o consecuencia, abordando el conflicto como una oportunidad de aprendizaje y construcción de nuevas lógicas en el hacer.
  • Educación en valores. La educación ambiental debe estar fundada en una ética que permita. a quien facilita el aprendizaje y a quien lo recibe, la construcción de un pensamiento basado en valores tales como respeto, solidaridad, integridad, inclusión, equidad e igualdad.
  • Pensamiento crítico e innovador. Promover la formación de personas capaces de interpretar la realidad a través de la innovación en sus enfoques, basados en la interdisciplinariedad y en la transdisciplinariedad y en la incorporación de nuevas técnicas, modelos y métodos que permitan cuestionar los modelos vigentes, generando alternativas posibles.
  • Concientización sobre el derecho constitucional a un ambiente sano. La educación ambiental debe promover el desarrollo de una ética de la solidaridad con las generaciones futuras y el derecho de la sociedad a un ambiente sano para su desarrollo.

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