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Senado. Aprobaron el proyecto de etiquetado frontal de alimentos

Con 64 votos afirmativos, 3 negativos y 0 abstenciones, el Senado le dio media sanción la ley de etiquetado frontal de alimentos. Un gran paso para todos: saber qué comemos es elegir cómo vivimos. #LeyEtiquetadoYa

La Cámara de Senadores aprobó el jueves a la noche por amplia mayoría y giró a Diputados el proyecto de Ley sobre Etiquetado de Alimentos, que fija pautas para una alimentación saludable y establece la colocación de una serie de sellos frontales octógonos negros en los envases advirtiendo sobre los excesos en materia de azúcares, sodio, de grasas saturadas y totales y calorías.

¿En qué situación nos encontramos en la Argentina?

  • El 13,6% de los menores de 5 años, el 41,1% de niños y jóvenes de 5 a 17 años y el 67,9% de los adultos presentan exceso de peso
  • Solo el 6% de la población consume el mínimo de frutas y verduras diarias
  • Nos movemos poco y vivimos rodeados de ambientes obesogénicos
  • Estamos expuestos a un exceso de publicidad que interviene en nuestras decisiones alimentarias

¿Cuáles son los objetivos declarados en esta ley?

  • Brindar información nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas para promover la toma de decisión informada por parte de los consumidores
  • Alertar a los consumidores sobre los alimentos envasados con exceso de nutrientes críticos como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y además calorías
  • Prohibir la publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados, que contengan al menos un 1 sello de advertencia y que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes
  • En caso de que los alimentos contengan edulcorantes o cafeína, incluirán una leyenda aclarando que no son productos recomendables para niños
  • Regular la venta de estos alimentos en las escuelas
  • Desincentivar el consumo de alimentos ultraprocesados
  • Prevenir la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles

¿Qué se propone respecto a los envases?

Que los productos alimenticios que tienen un exceso de sodio, azúcares, grasas totales, grasas saturadas y calorías sean identificados con un sello de advertencia en color negro en forma de octógono sobre la cara principal o frente de los envases.

Aún quedan ciertos puntos por esclarecer que deberán ser incluidos en la reglamentación de la ley.

Debemos tener en cuenta que llevar adelante acciones para prevenir el exceso de peso, los ambientes obsesogénicos y las enfermedades crónicas no transmisibles requiere de un trabajo conjunto, de la implementación de políticas multisectoriales ya que el acceso a una alimentación saludable y sostenible y el cambio de hábito son aspectos que necesitan un esfuerzo conjunto entre sector público y privado.

Será un gran desafío poder reivindicar la alimentación tradicional basada en alimentos frescos o mínimamente procesados y platos elaborados con esos alimentos (frutas, verduras, legumbres, cereales de grano entero, frutos secos, semillas, huevos, entre otros) para favorecer un menor aporte de sodio, de grasas poco saludables y de azúcares libres, y promover el aporte de más fibra, vitaminas y minerales, evitando el consumo frecuente de ultraprocesados tan habitual en la Argentina como son las galletitas y las bebidas azucaradas.

¿Qué otros desafíos e interrogantes se presentan?

  • Concientizar no solo a los niños sino a los adultos; entre ellos las madres por ser en muchos casos quienes deciden respecto a la compra y preparación de los alimentos en los hogares
  • Asegurar a toda la población, en espacial a los más vulnerables, el acceso sostenido e inclusivo a alimentos saludables
  • Favorecer la actividad física como eje adicional fundamental, más allá de la alimentación saludable a ser fomentada en los establecimientos educativos
  • Ofrecer políticas de regulación de precios para poder acceder a alimentos saludables a precios accesibles
  • Fortalecer las economías regionales y proveer herramientas para llevar adelante huertas comunitarias

 

El proceso de etiquetado deberá realizarse en seis meses, prorrogables por igual cantidad de tiempo. Para las Pymes, ese período se extiende a 12 meses más otros doce.

Además, en una cláusula transitoria se deja constancia de que se podrán seguir comercializando los productos elaborados antes de la sanción de la norma hasta agotar su stock, por lo que las empresas no estarán obligadas a reetiquetar los productos ya empaquetados.

En materia de promoción de los alimentos, aquellos que contengan al menos un octógono y estén dirigidos al público infantil tendrán prohibido realizar campañas publicitarias, al tiempo que no podrán incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas o la promesa de entrega de obsequios, premios y regalos en sus productos.


#GreenStyle #VidaEnVerde

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